Resolución de Contrato por Incumplimiento del empleador y Baja Médica: Guía Esencial
¿Te enfrentas a impagos y has resuelto tu contrato por incumplimiento del empleador? Aquí aclaramos tus dudas sobre qué hacer durante tu baja médica, quién te pagará y cómo buscar un nuevo empleo. Infórmate sobre tus derechos y opciones en esta situación complicada.
6/9/20253 min leer
¿Qué significa que te hayan resuelto el contrato por incumplimiento del empresario?
No es un despido al uso, pero el resultado es parecido: el contrato se extingue y tienes derecho a una indemnización como si fuera un despido improcedente. Lo has logrado porque la empresa incumplía de forma grave: salarios impagados, mobbing, cambios abusivos en tus condiciones, etc. Es un derecho reconocido en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Pero sigo de baja médica… ¿y ahora qué?
Es muy habitual. Muchas personas que piden la resolución del contrato están ya de baja por ansiedad, por lesiones o por agotamiento físico y mental. La gran pregunta es:
¿Quién me paga si ya no tengo contrato?
Tranquilo: aunque no tengas empleo, seguirás cobrando la prestación por incapacidad temporal. Lo importante es que la baja se haya iniciado antes de la extinción del contrato.
¿Quién la paga exactamente?
Depende del origen de la baja:
Si es por enfermedad común o accidente no laboral: el INSS o tu mutua colaboradora asumen el pago desde que se extingue el contrato.
Si es por accidente laboral o enfermedad profesional: la mutua sigue pagándola en las mismas condiciones. No importa que ya no tengas contrato.
El alta, la revisión médica y todo el proceso sigue su curso igual que si estuvieras contratado.
¿Y puedo ponerme a trabajar mientras estoy de baja?
No. Estás de baja porque, legalmente, no estás en condiciones de trabajar. Si empiezas a trabajar, podrías tener serios problemas:
Te pueden retirar la prestación por incapacidad.
Podrías verte envuelto en un procedimiento sancionador.
Incluso puede haber consecuencias legales por fraude.
La baja no es una pausa laboral: es un reconocimiento médico de que no puedes trabajar. Hasta que no te den el alta, no puedes reincorporarte ni empezar un nuevo trabajo.
¿Qué pasa cuando me den el alta?
Ahí se abren varias opciones, dependiendo de tu estado de salud:
1. Estás bien y puedes trabajar
Perfecto. Puedes inscribirte como demandante de empleo y, si has cotizado lo suficiente, pedir la prestación por desempleo. También puedes empezar a buscar trabajo o darte de alta como autónomo, sin problema.
2. No estás bien para volver a tu trabajo habitual
En ese caso, puedes plantearte solicitar una incapacidad permanente. El INSS estudiará tu caso y, si procede, te reconocerá una pensión mensual.
¿Y si me dan el alta pero aún no estoy recuperado?
Pasa más a menudo de lo que debería. Si recibes el alta médica y tú (y tu médico) consideráis que no estás en condiciones, puedes impugnarla:
Si la baja es por contingencia común, tienes 11 días hábiles para reclamar ante el INSS.
Si es por contingencia profesional, solo tienes 4 días hábiles para impugnarla.
Durante ese tiempo no tienes que incorporarte al trabajo ni buscar uno nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro mientras estoy de baja?
No. Primero se cobra la baja. Cuando recibas el alta médica, puedes solicitar el paro si cumples los requisitos de cotización.
¿Y si la empresa me debía dinero?
Aunque ya no estés vinculado a la empresa, puedes reclamar salarios, finiquito, pluses, vacaciones no pagadas… Tienes un plazo de un año para reclamar cantidades pendientes.
¿Puedo pedir indemnización por daños si la empresa fue negligente?
Sí. Si tu baja fue consecuencia directa del incumplimiento de la empresa (por ejemplo, por falta de prevención o acoso), puedes iniciar una reclamación por daños y perjuicios. Consulta con un abogado laboralista para valorar esta vía.
En resumen: no estás solo, y tienes derechos
Salir de una empresa que te perjudicaba es un gran paso. Pero si además estás de baja médica, es normal sentirse perdido. Lo importante es que sepas que no te quedas sin cobertura: tienes derecho a seguir cobrando, a proteger tu salud, y a prepararte para lo que viene después.
¿Estás en esta situación y no sabes por dónde empezar? Ponte en contacto con nosotros aquí. Estudiaremos tu caso contigo, sin compromiso, y te ayudaremos a tomar la mejor decisión para proteger tu salud, tu economía y tu futuro.
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